Poderes
Existen dos tipos de poderes: Poder Especial y Poder General, los cuales se encuentran en el Título XI del Código Civil de Venezuela.
Poder Especial
Es para un determinado asunto o negocio del poderdante en Venezuela.
Requisitos:
- El poder debe estar redactado conforme a los requerimientos de la Legislación venezolana (se sugiere asesorarse con un abogado venezolano).
- El poder debe ser redactado en español, en formato digital.
- Fotocopia de los documentos que demuestren la identidad del (los) otorgante(s) (cédula de identidad, pasaporte).
- El trámite se realizará en tres días hábiles, a cuyo término el (los) otorgante(s) deberá(n) presentarse ante la sede del Consulado para proceder a la firma del documento.
- El poder debe ser firmado en presencia del funcionario consular en cuya oportunidad se deberá consignar un Money Order a nombre del Consulado de Venezuela en Houston por el monto de cien dólares ($100)
Poder General
Para todos los asuntos o negocios del poderdante en Venezuela, otorga plenas facultades de administración y disposición de todos sus bienes.
Requisitos:
- El poder debe estar redactado conforme a los requerimientos de la Legislación venezolana (se sugiere asesorar con un abogado venezolano).
- El poder debe ser redactado en español, en formato digital.
- Fotocopia de los documentos que demuestren la identidad del (los) otorgante(s) (cédula de identidad, pasaporte).
- El trámite se realizará en tres días hábiles, a cuyo término el (los) otorgante(s) deberá(n) presentarse ante la sede del Consulado para proceder a la firma del documento.
- El poder debe ser firmado en presencia del funcionario consular en cuya oportunidad se deberá consignar un Money Order a nombre del Consulado de Venezuela en Houston por el monto de trescientos dólares ($ 300)
Revocatorias y Sustituciones
Requisitos:
- Se requiere de los mismos requisitos y costos exigidos para los poderes, según sea general o especial. Además se deberá presentar copia del poder original a ser revocado o sustituido.
Copias Certificadas
Requisitos:
Las copias certificadas de los documentos autenticados en la Sección Consular, entre ellos los Poderes, deberán solicitarse por escrito, indicando el número de acta, folios, libro o tomo y fecha en que fue otorgado el documento. El costo de las copias certificadas es de ochenta dólares ($80.00) por documento.
Observaciones:
- Si se otorga un poder en representación de una empresa es necesario presentar el registro y acta constitutiva de la empresa en original y fotocopia.
- Si se otorga un poder como apoderado de otra persona deberá presentar el poder original que lo autoriza.
- Todos los poderes relativos a régimen de menores, seguro social y actos relativos al matrimonio están exonerados del pago de derechos consulares.
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